Ahora que estamos familiarizados con algunos de los errores más comunes, vamos a pasar a comentar cómo podemos detectarlos y reclamarlos.
En primer lugar, vamos a hablar sobre cómo podemos detectar si estamos sufriendo las consecuencias de algún error.
Para los errores relacionados con lecturas, es muy interesante el uso de contadores con telemedida, ya que con estos seremos capaces de detectar consumos anormales y duplicidades de periodos. Desde Creara hemos detectado varios errores comparando las lecturas imputadas por las comercializadoras y las obtenidas directamente de los contadores que están telemedidos. Un ejemplo fue la actuación realizada a un cliente cuya facturación en el mes fue de 152.317 € y le duplicaron los consumos del uno de enero, el sobrecoste fue de 3.054 € lo que supuso un 2% sobre la facturación de dicho mes. En este ahorro se incluyen tanto costes de potencia como de energía.
Los errores derivados de actuaciones en campo, la mejor manera de controlarlos es comprobar las facturas siguientes a la modificación solicitada, a la vez comprobaremos que las modificaciones efectivamente han sido realizadas. La cuantía de estos errores depende de la modificación de contrato solicitada, en caso de aumentos de potencia pueden ser cuantías considerables ya que el coste se multiplica por cada kW aumentado.
En el caso de sobrecostes derivados de una mala aplicación de los impuestos, la única forma de detectarlos es la comprobación mensual de las facturas emitidas.
De lo comentado en estos últimos párrafos se llega a la conclusión de que es importante llevar un control exhaustivo de la facturación mes a mes. Este trabajo es tedioso pero muy necesario, es por ello que una empresa tipo multipunto debe plantearse seriamente cubrir esta necesidad ya sea con medios propios o contratando a empresas especializadas que lleven a cabo dicho trabajo.
Cuando hemos detectado el error debemos saber que, existen plazos de tiempo impuestos por ley para solicitar la restauración del error, por lo que a la hora de detectarlo es importante tenerlos en cuenta, de ahí la importancia de detectarlos cuanto antes. Los más importantes son:
- 5 años para reclamaciones en contra del cliente por errores en facturación a nivel de precios, refacturaciones, impuestos y costes asociados a las actuaciones en los equipos de medida derivados de modificaciones solicitadas por el usuario.
- 1 año para reclamaciones a favor del cliente, que competen a la distribuidora, la comercializadora dispone de 2 años para derivarlas al usuario
- 1 año para reclamaciones a favor del cliente, competencia de la comercializadora.
Los dos últimos plazos como usuarios a nivel de reclamar nos interesan pues, en el caso de que nos emitan una refacturación de una factura ya emitida debemos comprobar que esta se encuentra dentro de los plazos fijados en la ley.
En el caso de refacturaciones de consumos, por estimaciones realizadas, distribución tiene hasta un año para comunicar dicha rectificación a la comercializadora. La comercializadora tiene dos años para traspasar dicha modificación al cliente. Por otro lado, este último sujeto tiene derecho a solicitar que dicha rectificación se reparta en la facturación de tantos meses como meses se estén rectificando. Esta situación se da cuando distribución pasa a comercializadoras lecturas estimadas y al tiempo las regulariza. En ocasiones esta regularización puede suponer que se duplique el importe de la factura habitual del cliente, es por ello que mediante una carta de aviso esta avisa al cliente de que se le va a realizar dicha regularización y le da la posibilidad de elegir si desea que se le aplique íntegra en una factura o en tantos meses como distribución esté regularizando.
Como usuarios disponemos de varias vías para reclamar, a continuación, vamos a comentarlas:
1. Comercializadora: esta será la primera vía de reclamación, en el caso de que el objeto de esta sea competencia de la distribuidora esta procederá a comunicársela a través de su plataforma.
2. Distribución: en caso de reclamaciones relacionadas con lecturas, podemos abrir paralelamente a la reclamación de comercializadora una directamente en distribución.
3. Industria: este es el último eslabón a nivel técnico para reclamar, en este caso se solicitaría mediante un requerimiento formal a Industria para que medie en el conflicto.
4. Dirección General de Comercio y Consumo: este organismo está centrado únicamente en la defensa del consumidor final los cuales la energía no la usen con fines lucrativos. No es de aplicación a empresas, pero es interesante comentarlo.
5. Tribunales ordinarios de justicia: en el caso de que la reclamación tenga que ver con incumplimientos de contrato y seamos personas jurídicas.
6. CNMC: esta vía es para realizar consultas sobre acciones que detectemos que puedan ser abusivas, se ha querido mencionar en este post pues en este organismo podemos en encontrar situaciones similares a la nuestra que puedan servirnos de referencia a la hora de reclamar.
Para finalizar el post queremos enfatizar que el objetivo principal de la revisión es conseguir el máximo ahorro y llevar un correcto control sobre la facturación de nuestros puntos de suministro.