El Congreso de los Diputados ha refrendado hace apenas unas horas el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores que deroga el impuesto que hasta ahora se ha aplicado a los autoconsumidores por la energía generada y consumida en su propia instalación.
A continuación, hacemos un resumen de las medidas más relevantes de la ley:
– Se reconoce el derecho a autoconsumir energía eléctrica sin peajes ni cargos.
– Se establecen y definen los términos autoconsumo con excedentes y autoconsumo sin excedentes.
– Se reconoce el derecho al autoconsumo compartido para instalaciones próximas.
– Quedan exentas de inscribirse las instalaciones de menos de 100 kW en el PRETOR (registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica).
– Se crea el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica para el seguimiento de la actividad económica y para verificar el cumplimiento de los objetivos de energía europeos. Será una plataforma telemática, a título declarativo y de acceso gratuito.
– No tendrán que pedir permiso de acceso a la red y conexión para generación las instalaciones de autoconsumo sin excedentes -siempre y cuando el consumidor asociado ya tenga permiso de acceso y conexión para consumo- o para instalaciones de potencia menor de 15 KW en suelo urbanizado que no estén dadas de alta en el correspondiente registro de instalaciones de producción.
Fuente: UNEF