A partir de noviembre de 2018, el Ayuntamiento de Madrid pondrá en funcionamiento la restricción del tráfico de paso a “Madrid Central”, donde los coches eléctricos podrán seguir circulando con normalidad.
Este área de acceso restringido se compone de 472 hectáreas, casi la totalidad del distrito Centro de Madrid, donde la prioridad la tendrán los peatones, las bicicletas y el transporte público, pero donde también podrán circular sin problemas los residentes empadronados o personas con tarjeta de movilidad reducida, servicios públicos esenciales públicos y de emergencias, así como los vehículos menos contaminantes o vehículos cero emisiones o ECO.
Los taxis, motos y otros vehículos sufrirán ciertas restricciones. A continuación se explican las condiciones particulares de acceso:
– Podrán circular libremente los vehículos de personas residentes empadronadas y los vehículos con etiqueta ambiental CERO y ECO, así como los PMR (Personas con Movilidad Reducida).
– Los vehículos etiquetados B o C solo podrán entrar para aparcar en un garaje privado, reserva o aparcamiento de uso público.
– Las motocicletas y ciclomotores de residentes y con etiqueta CERO o ECO podrán entrar sin limitaciones. Las clasificadas B o C solo podrán acceder entre las 7.00 y las 22.00 horas.
– Los vehículos de invitados podrán acceder libremente a Madrid Central hasta 2020. A partir de ese momento también deberán disponer de etiqueta ambiental.
– Los taxis y VTC (alquiler con conductor) con etiqueta B o C, con reserva de servicio con origen y destino en la zona, podrían acceder hasta 2025 solicitando el alta. Después de esa fecha, solo podrán acceder los vehículos que sean CERO o ECO.
– ¿Y si tienes una plaza de garaje dentro del área restringida? Podrás acceder a ella hasta 2020. A partir de ese momento, solo podrás acceder con un vehículo no contaminante con su distintivo.
– Los turismos de autoescuelas con etiqueta B podrán acceder hasta 2020. Después de esta fecha deberán cumplir también con el distintivo ambiental. Asimismo, se hará una excepción con los talleres de reparación de vehículos.
– Para vehículos de empresas y profesionales de servicios y suministros, así como los servicios públicos esenciales, se establece un horario de acceso diferenciado en función de la tecnología del vehículo, permitiendo la circulación de vehículos sin etiqueta hasta 2020, a partir de ese momento, tendrán horario diferenciado en función de su tecnología.
– Los vehículos de asistencia sanitaria pública y privada con etiquetas B o C podrán acceder previa acreditación. Los vehículos dados de alta para el servicio de entrega de medicamentos, podrán acceder con vehículos industriales que seguirán las exigencias de los vehículos de empresas (si son turismos o motocicletas seguirán el procedimiento general de cada una).
Gracias a esta iniciativa se esperan recudir las emisiones de óxidos de nitrógeno en un 40% lo que significa una mejora sustantiva en la calidad del aire y reducción de problemas respiratorios.
Además mejorarán significativamente los niveles de ruido.
Viendo todas estas condiciones y particularidades para poder circular y aparcar ahora y en los próximos años, tanto en el centro de Madrid como también ocurrirá pronto en otras ciudades, unido a unido a otras múltiples ventajas de los coches eléctricos, tener un vehículo eléctrico se convierte en una opción muy interesante.
Sin embargo, no debemos olvidarnos que para que el desarrollo del vehículo eléctrico sea posible, deberá ir acompañado de un crecimiento de los puntos de carga de coche eléctrico, tanto a nivel público como privado.