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La versión de la norma UNE-EN ISO 14064-1:2018 en español, que redefine los límites para el cálculo e informe de la huella de carbono de una organización y facilita la inclusión de fuentes de emisión indirectas de GEI, propone los siguientes cambios:

  • Los límites operacionales que la organización debía definir al inicio del cálculo de la huella de carbono ahora se denominan límites de informe, que cada empresa debe establecer y documentar previamente a la realización del inventario.
  • El anterior alcance 3 “Otras emisiones indirectas de GEI” ahora se denomina emisiones indirectas de GEI y se divide, a su vez, en diversas categorías.
  • Se definen nuevos requisitos para algunos aspectos específicos, tales como el tratamiento del carbono biogénico (aquel derivado de la biomasa) y las emisiones de GEI relacionadas con la electricidad.

Las nuevas categorías de emisiones de GEI

Los límites de informe que la organización debe establecer incluyen la identificación de las emisiones directas e indirectas de GEI asociadas a su actividad.
Estas emisiones de GEI ahora se clasifican en las siguientes categorías:

  • Emisiones directas: análogo al alcance 1 de GHG Protocol
  • Emisiones indirectas por energía importada: análogo al alcance 2 de GHG Protocol
  • Emisiones indirectas por transporte: emisiones debidas principalmente al consumo de combustible en vehículos para transporte de personas, productos… por todos los medios (por carretera, ferrocarril, vía marítima y área). También puede incluir emisiones de fugas de gases refrigerantes en los vehículos o de la construcción de estos.
  • Emisiones indirectas por productos y servicios utilizados por la organización: emisiones de productos comprados (asociadas a su fabricación y a sus materias primas), bienes de capital (equipos, maquinaria, vehículos…) y servicios (tratamiento de residuos, limpieza, entrega de correspondencia…)
  • Emisiones indirectas asociadas al uso de productos de la organización: emisiones de productos vendidos tras el proceso productivo (etapa final del ciclo de vida del producto). Puede incluir emisiones asociadas al uso del producto o a la disposición final del mismo.
  • Emisiones indirectas de otras fuentes: cualquier otra emisión no incluida en categorías anteriores.

 Además, se recomienda subdividir estas categorías en subcategorías, por ejemplo, las emisiones indirectas por transporte pueden clasificarse en emisiones por el transporte y distribución de productos aguas arriba y aguas abajo, emisiones por el desplazamiento diario de los empleados, emisiones por viajes de negocio…

Cómo determinar cuáles son las emisiones indirectas significativas

Esta nueva versión de la ISO 14064-1 requiere aplicar un proceso para la determinación de las emisiones indirectas de GEI que considera significativas y que, por tanto, debe incluir en su inventario de GEI.
Esta significancia se analizará en base a una serie de criterios que define la propia organización. Entre los posibles criterios a considerar están los siguientes:

  • Magnitud de las emisiones: aquellas que sean cuantitativamente sustanciales.
  • Nivel de influencia en fuentes: medida en que la organización tiene capacidad para dar seguimiento y reducir esas emisiones.
  • Acceso a la información: facilidad de obtención de los datos necesarios para el cálculo.
  • Nivel de exactitud de los datos
  • Orientaciones específicas del sector: aquellas emisiones que son consideradas significativas en base a las orientaciones de un sector empresarial.

Cada empresa puede elegir el método que le parezca más adecuado para determinar las emisiones indirectas que incluirá en su informe de huella de carbono definiendo los criterios a considerar.
Se pueden excluir aquellas fuentes de GEI que no se consideren relevantes para el inventario, siempre que se justifiquen. Sin embargo, la organización en ningún caso puede excluir cantidades sustanciales de emisiones indirectas.


El cálculo de la huella de carbono mediante la ISO 14064-1 permite a las empresas anticiparse a las disposiciones legales que se han aprobado recientemente en España, como la ley 11/2018, de 28 de diciembre, en materia de información no financiera y diversidad, que exige reportar anualmente información no financiera como las emisiones de carbono y planes para reducirlas.
Creara es experta en proyectos de cálculo de huella de carbono y planes de reducción de Gases de Efecto Invernadero. Ya en el año 2011 el IHOBE le encargó el proyecto “Diseño y pilotaje de un sistema de verificación de declaraciones de emisiones de GEI´s en base a la norma internacional ISO 14064 para empresas y municipios”.
Compañías de todos los sectores como Grupo Tendam (Cortefiel) y Repsol Gas y Electricidad nos han encargado proyectos de cálculo de huella de Carbono. En el año 2015 colaboramos con el Grupo Telefónica para la definición de su Plan Estratégico de Reducción de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero 2016 a 2020 y, posteriormente, a 2025 y a 2030. Este plan cumple con los targets del escenario 1,5ºC establecido por la organización Science Based Targets, en el cual, en el horizonte 2050 se pretende limitar el aumento de temperatura del planeta en 1,5ºC.


Para tratar este tema en mayor profundidad hemos organizado un webinar para el 27 de abril: “Cómo tratar las emisiones de alcance 3 en el cálculo de la huella de carbono”.

Ya puedes solicitar tu plaza AQUÍ.

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