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  • Empresas de cualquier sector pueden beneficiarse de las nuevas ayudas estatales para autoconsumo con fotovoltaica y almacenamiento.
  • Las ayudas para autoconsumo solar fotovoltaico pueden llegar a cubrir el 45% del coste subvencionable, con un máximo de 1.188 €/kW por instalación.
  • Se valorará la eliminación del amianto en cubiertas para proyectos de solar fotovoltaica y la instalación de marquesinas.

La aprobación del Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, pone en marcha la línea de ayudas directas para la ejecución de programas de autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable. La primera remesa de ayudas es de 660 millones de euros, ampliables a 1.320 millones de euros a medida que las comunidades autónomas agoten sus asignaciones iniciales
Las comunidades autónomas serán las encargadas de repartir las ayudas bajo la coordinación del IDAE. Tienen un plazo de 3 meses para publicar la convocatoria de ayudas correspondiente.
Las comunidades y ciudades autónomas deberán comprometer un 80% del presupuesto inicial durante el primer año o tendrán que reintegrar la mitad de lo no comprometido en el plazo de 15 meses desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este real decreto.

Cuantía de las ayudas

La intensidad de las ayudas variará en función del beneficiario y del tipo de instalación. En el caso de las empresas se asignará un porcentaje sobre el volumen de inversión inicial, hasta un máximo.
En el caso de la energía solar fotovoltaica las ayudas abarcarán desde el 15% para una gran empresa hasta el 45% para una pyme o un sistema pequeño, inferior a 10 kW.

Beneficiarios

Este paquete de ayudas se articulará por medio de seis programas. Los tres primeros están dirigidos a sectores económicos concretos:

  • Programa 1. Autoconsumo y almacenamiento en el sector servicios. Dotado con 120 millones (20 millones para almacenamiento).
  • Programa 2. Autoconsumo y almacenamiento en otros sectores productivos, como la industria o el agropecuario. Dotado con 175 millones (25 millones para almacenamiento).
  • Programa 3. Incorporación de almacenamiento en autoconsumos existentes en sectores económicos. Repartirá 45 millones entre las Comunidades Autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla.

Acciones subvencionables

Se podrá subvencionar la inversión en equipos y materiales; la obra civil; los equipamientos electromecánicos, hidráulicos, de control y auxiliares; los sistemas de gestión y monitorización, la redacción de proyectos, memorias técnicas y dirección facultativa, entre otras actuaciones.
Todas las instalaciones subvencionadas tendrán que incluir un sistema de monitorización.
Los destinatarios de las ayudas tendrán un plazo de 18 meses para justificar la construcción de las instalaciones desde el momento en que se les notifique su concesión.

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