- A partir del próximo 1 de junio, los propietarios de los inmuebles deberán disponer de un certificado de eficiencia energética para poder vender o alquilar los edificios
- Las Comunidades Autónomas deben desarrollar un sistema de inventario de los certificados registrados en un plazo de tres meses
- Una de las principales novedades es que será válida la certificación única de todo un edificio para cada unidad (vivienda) que lo compone, lo que abaratará los costes de implementación
- la calificación energética del edificio,
- información objetiva sobre las características energéticas de los edificios
- en el caso de edificios existentes, el documento deberá incluir recomendaciones para la mejora de los niveles de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los inmuebles, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía.